TERRA 95.5 FM Las Terrenas | República Dominicana
El verano en España cada vez aprieta más, y el aire acondicionado se ha convertido en un aliado casi imprescindible en los hogares. Sin embargo, colocar la unidad exterior en la fachada del edificio ya no es una decisión inocente.
Con 2026 en marcha, han vencido las moratorias que muchos ayuntamientos habían concedido para adaptar las viviendas a las nuevas normativas de eficiencia y paisaje urbano, y lo que antes se toleraba ha pasado a ser objeto de inspección y sanción efectiva.
El punto de partida para entender esta normativa es uno que muchos propietarios desconocen o ignoran: la Ley de Propiedad Horizontal establece, en el artículo 396 del Código Civil, que la fachada es un elemento común del edificio, al igual que el tejado, las escaleras o los ascensores.
Esto implica que ningún propietario puede realizar modificaciones en ella que alteren su configuración o estética sin el consentimiento expreso de la comunidad. Instalar un compresor de aire acondicionado a la vista desde la calle sin pasar por la junta de vecinos es, en la práctica, una infracción desde el momento en que se atornilla el soporte, y aunque los vecinos tienen la vía libre para iniciar litigios civiles (que suelen terminar en sentencias de retirada obligatoria del aparato), todos los costos los debe asumir íntegramente el dueño del piso.
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La presión municipal también ha crecido en ciudades como Madrid o Barcelona, donde las ordenanzas de protección del paisaje urbano prohíben explícitamente que estos sistemas sean visibles desde la vía pública, con especial atención a los entornos de valor histórico o arquitectónico, y basta con que un técnico municipal identifique un dispositivo mal ubicado desde la acera para que se abra un expediente de oficio, sin que el afectado haya recibido ninguna denuncia previa de sus vecinos.
Las multas pueden alcanzar los 3.000 euros en las infracciones más severas, una cifra que, sumada a los gastos de traslado del equipo a una ubicación legal, convierte un descuido en un golpe económico considerable. Más allá del dinero, el infractor se enfrenta a la obligación de restituir la legalidad, lo que supone el traslado del aire acondicionado a una ubicación permitida.
Las autoridades también subrayan que una unidad exterior mal instalada representa un peligro real de desprendimiento hacia la vía pública, y que el ruido constante de los compresores está sujeto a límites de decibelios muy estrictos, especialmente de noche.
La solución que plantea la normativa es clara: la ubicación legal por excelencia se encuentra ahora en los patios interiores, las azoteas comunitarias o las terrazas donde el compresor quede oculto.
La fachada, en definitiva, dejó de ser un espacio de libre disposición hace tiempo; lo que ha cambiado ahora es que las administraciones han decidido aplicarlo de verdad.
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La noticia
Es oficial: el Gobierno multará a los propietarios que tengan el aire acondicionado en la fachada con hasta 3.000 euros
fue publicada originalmente en
Decoesfera
por
Joel Calata
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Escrito por Redacción Terra FM
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